PRIMERO: Sin lugar aclaratoria y ampliación de la sentencia de fecha 25 de MAYO de 2026, solicitada por los abogados GUILLERMO DAVILA ALVAREZ y RUTH RONDON, su carácter de apoderados judiciales del ciudadano RAMON DAVILA ALVAREZ, en el presente juicio incoado por INTERDICTO RESTITUTORIO DE AMPARO POR DESALOJO, en contra de la ciudadana MARIA JLUZ SALAS DE MORALES.
SEGUNDO: Se corrige el error de transcripción recaído en la sentencia de fecha 25 de MAYO de 2026, en su DISPOSITIVO denominado CUARTO en el que se condenó en costas a la parte accionante; siendo que lo CORRECTO es, declarar –NO HA LUGAR condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión judicial-. En consecuencia SE ORDENA la corrección establecida, en los términos antes expuestos.02|
TERCERO: Queda establecido que la corrección en referencia forma parte de la sentencia de fecha 25 de MAYO de 2026, que riela del folio 258 al folio 268 y vuelto del presente expediente.
CUARTO: Por la naturaleza del fallo no hay.....