este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede de civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada en fecha 18 de febrero de 2026, por el Juez Provisorio del Juzgado Segundo Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Abogado JESÚS ALBERTO MONSALVE, para conocer del juicio surgido por la ciudadana ANA MARÍA UZCÁTEGUI SÁNCHEZ contra los ciudadanos SONIA COROMOTO GÓMEZ DE UZCATEGUI, JOSÉ FRANCISCO UZCÁTEGUI GÓMEZ Y MARÍA ANDREINA UZCATEGUI GÓMEZ, por Rendición de Cuentas, contenido en el expediente distinguido con el guarismo 8933 de la numeración propia de dicho Tribunal.