Por las consideraciones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, ejercido en fecha 10 de febrero de 2026, por el ciudadano RAFAEL RAMON LOZADA, titular de la cédula de identidad NroV-11.315.806, asistido por la abogada NATHALY ZAMBRANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.308.295, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 153.502, actuando con el carácter de Defensora Público adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Estado Bolivariano de Mérida; en contra de la sentencia definitiva N° 02, publicada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano, de fecha 2 de febrero de 2026 (fs. 342 al 358).
SEGUNDO: SECONFIRM.....