PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JORGE LUIS ABZUETA STURLA, en fecha 10 de noviembre de 2025, contra decisión de fecha 05 de noviembre de 2025, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declaró inadmisible de manera sobrevenida, la demanda, en el juicio seguido por el apelante contra el ciudadano JESÚS ANTONIO RODRÍGUEZ GUILLEN, por estimación e intimación de honorarios profesionales. SEGUNDO: Se REVOCA en todas y cada una de sus partes, la sentencia de fecha 05 de noviembre de 2025, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. TERCERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el abogado JORGE LUIS ABZUETA STURLA, por estimación e intimación de honorarios profesionales judiciales, contra el ciudadano.....