Vista, la presente solicitud de homologación del convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescentes del Municipio Miranda del Estado Mérida, en fecha 19 de Febrero del presente año, por los ciudadanos: ROBERTO RIVERA y KARELIS BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-20.655.314 y V-20.848.640 respectivamente, domiciliados él en el sector Tafallez y ella en la avenida O`leary ambos de la población de Timotes Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes acordaron en reglamentar la Fijación de la Obligación de Manutención a favor de su hijo(IDENTIDAD OMITIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 Ley Organica para la Proteccion de Niños, Niñas y Adolescentes), de siete (07) años de edad, en la cantidad de SETENTA DOLARES AMERICANOS ($70,oo) mensuales por concepto de Obligación de Manutención o su equivalente en Bolívares del monto indicado en moneda extranjera calculado dicho .....