PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. Formulada de conformidad con los artículos 20, 26, 75, y 77 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículo 185 del Código Civil Venezolano, de conformidad con la Sentencia Nº 0693 de fecha 2 de junio del año 2015 y la Sentencia N° 446 de fecha 15 de mayo del año 2014 dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: IRISMAR PEÑA DE PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad N° V- 14.805.906 y ELVIS RAFAEL PEÑA PEÑA, venezolano, mayor de edad.....