PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado MARÍA ALEJANDRA MÉNDEZ DE MEYNARDIEZ, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LILY DAMARIS AULAR RANGEL y DAGOBERTO DURAN MORA, en contra de la sentencia definitiva de fecha 27 de marzo de 2026, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia apelada. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en el presente litigio, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso a la parte recurrente, por haber sido confirmada la sentencia apelada en todas sus partes.