PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha el 18 de julio de 2025 (f 808), por el abogado JOSÉ GREGORIO AMOEDO CARRERO, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia definitiva de fecha 04 de julio de 2025, proferida por el JUZGADO CUARTO ACCIDENTAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE TOVAR, (fs. 778 al 797 y sus vtos.), en el juicio seguido por el ciudadano JESÚS OCTAVIO MOLINA MÁRQUEZ, contra el ciudadano HILDEBRANDO DE JESÚS RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, por resolución de contrato de compraventa, mediante la cual declaró sin lugar la demanda intentada. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano JESÚS OCTAVIO MOLINA MÁRQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 20.394.701, a través de su apoderado judicial el abogado JOSÉ GREGORIO AMOEDO CARRERO, titular de la cédula de identidad N° V- 7. 957.494, inscrito en el inpreaboga.....