Se dicto sentencia en los siguientes términos PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia, interpuesta en fecha 04 de marzo de 2026, por el aboga¬do FRANCISCO JAVIER RIVAS, en su carácter de apode¬rada judi¬cial de la parte demandada, ciudadano OSCAR ARMANDO UZCATEGUI BRICEÑO, como medio de impugnación de la sentencia interlocu¬toria proferida el 23 de febrero de 2026, por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÀNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, en el juicio seguido por la ciudadana MARIA SOLEDAD MALDONADO CONDE, contra el prenombrado ciudadano OSCAR ARMANDO UZCATEGUI BRICEÑO, por divorcio ordinario, mediante la cual dicho Tribunal declaró sin lugar la cuestión previa de incompetencia por el territorio, prevista en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovida por la parte demandada y, en consecuencia, con fundamento en el artículo 274 ibidem, condenó en las costas de .....