PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia de fecha 16 de marzo de 2026 (f. 308), por la abogada MARVIS ALBORNOZ ZAMBRANO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora de la ciudadana ANA AGRIPINA MORENO, en su condición de parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 15 de diciembre de 2025 (fs. 300 al 305 vto.), por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, mediante la cual declaró INAMISIBLE la demanda por prescripción adquisitiva interpuesta por la ciudadana ANA AGRIPINA MORENO, en contra del ciudadano MIGUEL ÁNGEL GIRÓN NAVAS. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2026 (fs. 300 al 305 vto.), por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. TERCERO: Se declara INADMISIBLE la demanda de prescripción adquisit.....