PRIMERO: Se declara CON LUGAR la recusación propuesta contra el abogado ROLANDO HERNÁNDEZ, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, mediante escrito presentado en fecha 07 de enero de 2026 (folios 22 al 24), por la abogada ANGÉLICA LORENA ROMERO DE DE LA ROTTA, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadano JEAN CARLOS HERNÁNDEZ, en el juicio que por reconocimiento de unión concubinaria sigue en su contra la ciudadana NARQUI DEL VALLE VERA. SEGUNDO: En virtud del pronun¬cia-miento anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, no impone a la parte recusante multa por no haber sido vencida de conformidad con la citada disposición, sufriría la sanción prevista en el referido dispositivo legal.