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| Decisiones del dia 30/09/2025 |
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| N� Expediente :
24699
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N� Sentencia :
1
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Union Estable De Hecho |
Partes: DEMANDANTE(S): YAJAIRA ISABEL BECERRA AYALA. |
Resumen:
DECISIÓN
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la demanda de UNION ESTABLE DE HECHO, incoada por la ciudadana YAJAIRA ISABEL BECERRA AYALA, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.446.884, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 66.711, quien actúa en su propio nombre y representación, por no encontrarse llenos los requisitos establecidos en el artículo 340 ordinal 2º del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 341 eiusdem. Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Por la índole de la presente decisión no hay condenatoria en costas. Y ASÍ SE DE.....
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Juez/Ponente:
Rolando Hernandez
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil
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| N� Expediente :
7507
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N� Sentencia :
8064
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Estimación De Honorarios Profesionales |
Partes: DTE: AUDREY DEL C. DORTA S. DDO: CARMEN LAURA ZERPA RONDÓN |
Resumen:
Examinada detenidamente como ha sido la declaración contentiva de la inhibición propuesta, considera el Tribunal, que la misma fue hecha en forma legal y se encuentra fundamentada en motivo justificado, específicamente en el ordinal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 84 eiusdem; se evidencia asimismo que los hechos narrados como generadores de la inhibición, constituyen para el Juez abstenido motivos justificados suficientes para apartarse del conocimiento de la causa. En consecuencia, de conformidad con el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, y, en un todo conforme a la sentencia vinculante número 1175, de fecha 23 de noviembre de 2010, dictada en el expediente 08-1497 por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHÁN, resulta procedente declarar CON LUGAR dicha inhibición, como en efecto así se declara, administrando Justicia en nombre de la República Boliva.....
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Juez/Ponente:
Yosanny Cristina Davila Ochoa
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Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
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| N� Expediente :
Exp.2025-028
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N� Sentencia :
095-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: NESTOR ENRIQUE SULBARAN RANGEL Y YENIRE CARIDAD SULBARAN VILLANUEVA |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto Conciliatorio celebrado entre las partes en fecha veintiséis (26) de Agosto de 2025, con motivo de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino por el contrario beneficia al Niño y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y, además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses del Niño, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE .....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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| N� Expediente :
Exp.2025-027
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N� Sentencia :
094-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: JOSE DANIEL GAMEZ RIVERO |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto Conciliatorio celebrado entre las partes en fecha Diecisiete (17) de Julio de 2025, con motivo de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino por el contrario beneficia a los Niños y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y, además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses de los Niños, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE .....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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| N� Expediente :
Exp.2025-026
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N� Sentencia :
093-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: MARIA GABRIELA VALECILLOS SULBARAN Y YOHALBIS ADELSO RANGEL DURAN |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto Conciliatorio celebrado entre las partes en fecha Diecisiete (17) de Julio de 2025, con motivo de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino por el contrario beneficia a los Niños y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y, además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses de los Niños, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE .....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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| N� Expediente :
Exp.2025-029
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N� Sentencia :
096-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: ALEXANDER ENRIQUE CALLES DELGADO Y GENESIS JULIEETH SANCHEZ CALDERON |
Resumen:
´Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto conciliatorio celebrado entre las partes en fecha nueve (09) de Junio de 2025, con motivo
de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de
normas de orden público, sino por el contrario beneficia al Niño y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses del Niño, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS .....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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| N� Expediente :
Exp.2025-023
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N� Sentencia :
090-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: YANI LIANA MONTILLA DE APARICIO Y JHORENDER ENRIQUE POLANCO CHOURIO |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto Conciliatorio celebrado entre las partes en fecha Once (11) de Julio de 2025, con motivo de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino por el contrario beneficia a la Niña y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y, además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses del Niño, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE L.....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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| N� Expediente :
Exp.2025-024
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N� Sentencia :
091-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: MARIA GABRIELY VALECILLOS SULBARAN |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto Conciliatorio celebrado entre las partes en fecha Veintidos (22) de Agosto de 2025, con motivo de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino por el contrario beneficia a la Niña y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y, además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses de las Niñas, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE ME.....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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| N� Expediente :
Exp.2025-025
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N� Sentencia :
092-2025
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Fecha: 30/09/2025 |
Procedimiento: Homologacion De Obligacion De Manut |
Partes: YADIRA ROSA BARRIGA BARRIGA Y EDGAR JAVIER SIMANCAS BETANCOUR |
Resumen:
Ahora bien, este Tribunal para proceder a la Homologación observa que el acto Conciliatorio celebrado entre las partes en fecha Once (11) de Julio de 2025, con motivo de fijación de Obligación de Manutención, no es contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino por el contrario beneficia a la Niña y mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una Obligación legal y natural de los progenitores; y, además observa este Tribunal que las cantidades acordadas por las partes, en el convenio suscrito, cumplen con lo establecido en el Artículo 365, de la citada Ley, en concordancia con lo preceptuado en el artículo 375, ejusdem. En orden a los razonamientos anteriores, y de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 315 y 375 de la mencionada Ley, en virtud que los términos convenidos son ajustados a Derecho y por lo tanto no son contrarios a los intereses del Niño, es por lo que, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE L.....
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Juez/Ponente:
Mirelis Moreno
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Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio César Salas
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