PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA TECNICA, Abogado. Edwin Rodríguez, con tal carácter del adolescente: VITO JOSUÉ DE NASARED RIVAS ROJAS, titular de la cedula de identidad Nº V-33.106.741, CAMBIA MEDIDA CAUTELAR, prevista en el artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, literal "G", por los "B, C, D, E, F Y H", consistente en: literal "C, estar bajo los cuidados de la Ciudadana; MORENO COTE OMAIRA, venezolana, titular de la cédula de identidad número V-11.465.785, literal "C" obligación presentaciones ante el tribunal cada quince (15) días, literal "D" la prohibición de salir del país o de la Jurisdicción del estado sin autorización del tribunal, literal "E" prohibición de concurrir a determinadas reuniones y lugares, "F" prohibición de comunicarse con personas determinadas siempre que no afecte el derecho a la defensa ... literal "H" incorporarse al sistema educativo. Ahora bien, manifestado como ha quedado la imposibil.....