Decreta la desestimación de la presente causa. Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al Ministerio Público de conformidad con los artículo 301 y 302 Código Orgánico Procesal Penal: La presente decisión tiene fundamento legal en los Artículos 2,26 y 257 Constitucional; Artículos 175 Código Penal; Artículos 1,2,4,5,6,7,25, 301 y 301 y 302 Código Orgánico Procesal Penal.