declara: PRIMERO: CON LUGAR la MODIFICACION DEL EJERCICIO DE LA CUSTODIA, incoada por la FISCALIA DECIMA QUINTA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, CIVIL E INSTITUCIONES FAMILIARES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, a solicitud del ciudadano ROMEL JULIAN ALDANA PEREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-20.198.167, domiciliado en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, progenitor de las ciudadanas niñas JULIANNY DANIELA y JELIANA VICTORIA ALDANA SUAREZ, de ocho (08) y cinco (05) años de edad respectivamente, en contra de la ciudadana YENNY STELLA SUAREZ DE ALDANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.965.935, progenitora de la referidas niñas, en consecuencia, se otorga el Ejercicio de la Custodia de las ciudadanas niñas JULIANNY DANIELA y JELIANA VICTORIA ALDANA SUAREZ, actualmente de ocho (08) y cinco (05) años de edad respectivamente, a su progenitor ciudadano.....