Se declaró SIN LUGAR la solicitud de regulación de competencia interpuesta el 4 de octubre de 2012, por el codemandante GABRIEL MANFREDI LÓPEZ, como medio de impugnación de la sentencia interlocutoria dictada el 3 del mismo mes y año, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. Se CONFIRMÓ en todas y cada una de sus partes la referida sentencia interlocutoria. Se declaró COMPETENTE previa distribución a cualquiera de los Juzgados de Municipios Libertador y Santos Marquina de esta Circunscripción Judicial.