Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A en concordancia con el criterio jurisprudencial de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia Nº 1710 de fecha 18-12-2015 (divorcio por mutuo consentimiento), efectuada por los ciudadanos YOHANDRIS ALBERTO ARCE ZERPA y MAGGY JANETH RANGEL HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, casado, cedulados con los Nros. 20.572.812 y 20.531.971.EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha 20 de diciembre d.....