El Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide PRIMERO: Redime a favor del ciudadano LUIS ALBERTO ALARCON, (ya identificado); en CINCO (05) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS. SEGUNDO: Declara que el LUIS ALBERTO ALARCON (ya identificado), ha cumplido hasta la presente fecha (01/11/2017), un total de pena NUEVE (09) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y SEIS (06) DÍAS, restándole de la pena impuesta (QUINCE (15) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN), quedando por cumplir CINCO (05) AÑOS, SIETE (07) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS DE PRISIÓN, que se cumplen en forma definitiva el 25.06.2023. TERCERO: .- Por cuanto el penado LUIS ALBERTO ALARCON, cometió el delito bajo la vigencia del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal (ratio temporis); el mismo opta a las fórmulas alternativas en las siguientes fecha, destacamento de trabajo, al cumplir ¼ parte de la pena, ya opta; régimen abierto a.....