este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por el ciudadano JHON JAIRO ALONSO CONTRERAS TOTENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.434.722, en contra de la entidad de Trabajo RODRIMAAX, FIRMA PERSONAL DE JOSE GREGORIO ODRIGUEZ DIAZ, inscrita ante el registro Mercantil primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida en fecha 28 de febrero de 2012, bajo el No.379-11359, tomo 10-B, en la persona del ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRIGUEZ DIAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 8.030.085, en su condición de representante legal de la firma personal anteriormente citada, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.