Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADOBOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos RIGO TAUMATURGO PEREZ ARELLANO y LISBETH SUSANA ROA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de la cédula de identidad No. 8.011.804 y 10.243.137, domiciliados el primero, en el sector El Carmen, Calle Principal, Centro Comercial Cristal Plaza, Nivel II, S/N., Tucaní, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Bolivariano de Mérida, la segunda domiciliada en el Barrio El Paraíso, Avenida Principal, Casa No. 4-60, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivaria.....