Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos ISAURO RIVAS URBINA y CARMEN AIDA SOSA DE RIVAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.008.572 y V- 8.001.592, en su orden, domiciliados el primero en el sector San Onofre, casa sin número, Parroquia Ignacio Fernández Peña, Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en la calle Rivas Dávila, casa Nº 12, Parroquia Montalbán, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial.....