Primero: la custodia de los adolescentes OMITIR NOMBRES, será ejercida por el padre, ciudadano SAMUEL GREGORIO GONZALEZ; y la custodía de la niña OMITIR NOMBRE será ejercida por la madre, ciudadana YUDITH JOSEFINA CALDERON AVENDAÑO. Segundo: Se establece el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: los adolescentes visitaran a su mamá y hermana los fines de semana cada quince días, las vacaciones serán compartidas con ambos progenitores, y OMITIR NOMBRE visitará a su tía Consuelo en épocas de vacaciones de común acuerdo con ambos progenitores. La niña OMITIR NOMBRE, visitará a su padre y hermanos cada quince días, las vacaciones serán compartidas con ambos progenitores. Tercero: Ambas partes solicitan que se homologue el presente acuerdo.----------------------------------------
Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia .....