Este Tribunal en estricta aplicación a lo establecido en los artículos 713 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, según se dejó plasmado en la decisión de fecha 11 de noviembre de 2014, DECRETÓ LA PARALIZACIÓN DE LA OBRA NUEVA que se ejecuta en la Urbanización la Pedregosa Media, Calle Principal con Calle Avignon, Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador, Mérida, Estado Mérida. Para la materialización del decreto, de conformidad con lo pautado en el artículo 714 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 785 del Código Civil, se estableció una caución o garantía, en orden al artículo 590 del Código de Procedimiento Civil, equivalente a la cantidad de UN MILLÓN TRECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.300.000,00), que constituye el doble de la cantidad estimada en la demanda, más un treinta por ciento (30%), con la finalidad de asegurar el resarcimiento del daño que pudiera producirle al querellado por tal paralización de la obra. Así pues, verificado el.....