DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, con sede en la Ciudad de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara totalmente CON LUGAR, la solicitud de la representante fiscal quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y en consecuencia decreta El Sobreseimiento de la Presente Causa, seguida contra el ciudadano LUIS ENRIQUE MARQUEZ GUILLEN, titular de la cédula de identidad n° 12.348.920, por haber sobrevenido dos de las causales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, en lo que respecta a los numerales 2° y 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el ordinal 6° del artículo 108 y el artículo 110 ambos del Código Penal correspondiente, poniendo así término a la presente causa seguida en contra del ciudadano antes identificado.....