PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la oposición a la medida de embargo ejecutivo, efectuada por los ciudadanos MARÍA TERESA DUARTE DE RODRÍGUEZ y JIMMY JONATHAN RODRÍGUEZ DUARTE, por cuanto los documentos autenticados señalados como pruebas fehacientes de la propiedad de la cosa, no pueden producir, el efecto de un documento registrado de conformidad con los artículos 1.920 y 1924 del Código Civil.
SEGUNDO: Como quiera que la medida de embargo ejecutivo de fecha 07 de julio de 2.009, practicada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Simón Bolívar, Lagunillas, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sobre u.....