En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por la ciudadana MARY SOLEDAD GUERRERO DE FIGUERA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-3.766.384, domiciliada en la Ciudad de Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por el abogado FRANK REINALDO VERA OSORIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números V-10.105.918, e inscrito en el inpreabogado bajo el número 142.436, de este domicilio y jurídicamente hábil en contra del ciudadano PEDRO RAFAEL FIGUERA HERNÁNDEZ, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-3.673.....