Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Mandato de la Constitución y por la Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, efectuada por los ciudadanos ISAMAR LORENIS AGUILAR PUENTES, venezolana, mayor de edad, casada, cedulada con el Nro. 22.989.139, domiciliada en la Aldea Saisayal Alto, Municipio Andrés Bello, del Estado Mérida y civil mente hábil y JONATHAN JOSUE ALBARRAN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, casado, cedulado con el Nro. 18.309.443, domiciliado en la Urbanización Arnulfo Romero Casa Nº 005 Municipio Andrés Bello del Estado Mérida y civil mente hábil. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial q.....