DISPOSITIVA.
En consecuencia por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, éste Tribunal de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana: ELIS YUDIT NAVA DÁVILA, titular de la cédula de identidad No. V-8.043.472, domiciliada en esta ciudad de Mérida, debidamente asistida por los ciudadanos, abogados: GUSTAVO CONTRERAS y JOSÉ IBARRA, y en consecuencia acuerda: La Devolución inmediata, de forma absoluta y sin limitaciones de ninguna clase, del vehículo solicitado, el cual se encuentra identificado de la siguiente forma: Vehículo, Marca HYUNDAI, Tipo SEDAN, Modelo ACCENT FAMILIAR, Clase AUTOMOVIL, Color BLANCO, Uso TRANSPORTE PUBLICO (TAXI), Año 2005, Puestos 5, Placas 7A5A8BF, Serial de Carrocería No. 8X1VF21NP5Y200965, Serial de Motor No. G4EK4638571, de conformidad con lo establecido en.....