este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE PERPETUA MEMORIA, presentada por la ciudadana CARMEN ROSA MEJIA DE RIVERA, en su carácter de conyugue del causante ANGEL ADOLFO RIVERA OCANDO.
SEGUNDO:Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANGEL ADOLFO RIVERA OCANDO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 677.032, falleció ab-intestato en el Grupo Medico Mérida C.A. Mérida, en fecha 13 de Junio del 2024, según se desprende de la copia certificada del Acta de Defunción número 153, inserta en el Registro Civil de la Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, a las ciudadanas CARMEN ROSA MEJIA DE RIVERA y CAROLINA YAJAIRA RIVERA MEJIA, venezolanas, mayores de.....