declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos PEDRO LOBO y LELIS DEL CARMEN LOBO MARQUINA identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio en fecha diecisiete (17) de julio del año mil novecientos noventa y nueve (1999), contrajeron matrimonio civil, por ante la Prefectura Civil del Municipio Aricagua del Estado Mérida (hoy Registro Civil) según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 06.