DECISIÓN
En consecuencia, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION PROPUESTA POR LA ABG. MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA, de conocer en la causa principal signada bajo el N° LP01-P-2007-004746 instruida contra: JORGE LUIS PEÑA MORENO, conforme a lo establecido en el artículo 86 numeral 8°, 87, 89 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: SE DECLARA SIN LUGAR LA RECUSACIÓN interpuesta por el Abogado EDWARD CONTRERAS, en contra de la ABG: MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA, Juez de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, por haber cesado las causales que dieron origen a la Recusación.
Cópiese, publíquese, com.....