Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra EMILIA FIGUERA ACOSTA, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nª 14.761.056, residenciada en el sector caño seco III, av 5, casa Nº 03 El Vigìa Estado Mérida , por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, cometido en perjuicio de IVIS KAHLIN MONTOYA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 18.902.121, residenciada en caño seco II las casitas, casa Nº 06, av 5, calle 12, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0275-8815379. Se fundamenta la presente decisión en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las p.....