DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud hecha por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico, y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Por cuanto en la causa, existe un vehículo que fue retenido en el procedimiento realizado y según los informes presentados, por los funcionarios del SENIAT, el mismo debe considerarse como contrabando, debido que no presenta el respectivo manifiesto de importación requerido para los vehículos que son traídos al país, mediante la importación de los mismos, y por cuanto, tal conducta no puede ser .....