´DISPOSITIVA
Tomando en cuenta las consideraciones antes expuestas, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a lo previsto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 112 del Código Penal: DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA impuesta al penado JUNIOR ARCADIO GUZMAN PINTO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 26.932.677. natural de El Vigía Estado Mérida, de 29 años de edad, nacido en fecha 01/07/1996 soltero, ocupación Cauchero, grado de instrucción noveno grado aprobado, hijo de Clara Elena Pinto (v) y de Arcadio Guzmán Correa (f), domiciliado en Brisas de Onia, Sector Carlos Andrés, calle 5 casa S/N, pintada de color negro, como pun.....