Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la investigación nro. 14F06-463-2006, de la presente causa, a favor de PEDRO LOPEZ DECHAVEZ, por encontrarse evidentemente prescrita la acción penal para la persecución del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de ANA GRACIELA SAN JUAN SÁNCHEZ, por los hechos ocurridos en fecha 25-07-2006, tal como consta en el escrito Fiscal, con fundamento en los artículos 318.3° y 48.7° del Código Orgánico Procesal Penal en armonía con el 108.5 y.....