Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LA APREHENSION EN FLAGRANCIA AL IMPUTADO OSWALDO ANDY SANCHEZ ACOSTA, OSWALDO ANDY SANCHEZ ACOSTA, venezolano, natural de Mérida, Estado Mérida, de 20 años de edad, nacido en fecha 11/08/85, hijo de María Jesús Acosta (v) e Hildemaro Sánchez (v), soltero, pescador, con tercer año de educación secundaria de instrucción, titular de la cédula de identidad Nro. V- 17.028.074, residenciado en Palmarito al lado de "Ivan Club", Parroquia Independencia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida y en la de su progenitor en Santa Elena de Arenales, casa N° 2-12, Sector Las Rurales, más abajo del ambulatorio a mano izquierda al frente del negocio "La Gran Parada", teléfono de la tía Evaristo, N° 0274-.....