El Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia del co-imputado ANTONIO RAMÓN MARQUINA VARGAS, identificado en autos, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO en calidad de perpetrador, en perjuicio de FRANCISCO CONTRERAS, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en conexión con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos; SEGUNDO: Se declara con lugar la Aprehensión en Flagrancia del co-imputado MIGUEL ÁNGEL NAVAS, (identificado en autos) por cuanto están llenos los supuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO en calidad de perpetrador previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. TERCERO: Se declara la.....