DISPOSITIVA.
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y medidas Nº 01 en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta la Nulidad Absoluta del escrito acusatorio presentado por la Fiscalía del Ministerio Público en fecha 21-04-2023 inserto al folio 63 al 68 SEGUNDO: Repone la causa al estado de que el Ministerio Público presente acto conclusivo dentro de quince (15) días continuos a partir del día siguiente de la celebración de la audiencia de fecha 02-05-2023 TERCERO: Se mantiene la medida cautelar privativa de la libertad, por considerar que no han variado las circunstancias de tiempo, modo y lugar, donde se encuentr.....