DESISTEN de la acción y procedimiento en el presente juicio. Y vista la diligencia de fecha 23 del mismo mes y año (f.73) suscrita por el abogado arriba plenamente identificado, mediante la cual expones que el demandado dio cumplimiento al acuerdo establecido, en consecuencia, el Tribunal, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la presente acción, se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por cuanto versa sobre materia en las cuales no están prohibidas las transacciones, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente, de conformidad con el artículo 256 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.