JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Tres de Junio de dos mil diez.-.
200º y 151º
Por recibido el libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda dársele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentado por la ciudadana PEÑA DE ARIAS ROSA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cèdula de Identidad Nro. 3.033.877, de este domicilio y hábil, por medio de su apoderado judicial, abogado JOSE JAVIER GARCIA VERGARA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.035.825, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.297, de este domicilio y hábil, contra la ciudadana LLAMOZAS ODON INGRELY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.679.114, de este domicilio y hábil por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO es por lo que se ADMITE LA MISMA .....