Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 470.6, 473 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto de oficio por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 02 de éste Circuito Judicial Penal, a favor del penado LUIS OSWALDO SULBARAN,, contra la sentencia emitida en fecha contra 20-12-2004, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que lo condenó a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancia Estupefaciente.
2.- Modifica el .....