DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: Notificar al Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, informándole de la situación presentada en la presente causa debido a que la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, a pesar del lapso de tiempo transcurrido, no ha presentado el correspondiente Acto Conclusivo, tal como lo exige expresamente el artículo 102 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, razón por la cual, se hace necesario darle cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 103 ejusdem, por lo que se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión, para todos los fines legales pertinentes.
Ofíciese, Remítase y Cúmplase.