Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara: PRIMERO: La INADMISIBILIDAD, ex officio, de la demanda incoada por el ciudadano HÉCTOR ADÁN MEDINA, actuando en su propio nombre y representación, por cumplimiento de contrato de opción de compra venta consistente en un apartamento distinguido con el "nº C-312, Tercer Piso del Edificio "C", del Conjunto Residencial El Araguaney, comprendido dentro del plano de parcelamiento de la urbanización El Parque, ubicada en la avenida Las Américas, en el sitio conocido como La Quinta, aldea La Otra Banda de la ciudad de Mérida, de la hoy Parroquia El Llano" (sic), cuyas medidas, linderos y características se encuentran en el documento de opción de compra, el cual fue consignado por el actor junto con el escrito libelar, contra los ciuda.....