Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del imputado BARTOLO ACHITO VALOI, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.153.992, domiciliado en Caño Seco IV, Edificio Nº 20, apartamento Nº 005, planta baja, Parroquia Pulido Méndez, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Bolivariano de Mérida, por los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 en concordancia con el artículo 15 numerales 2º y 3º de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente para el momento de ocurrido los hechos, en perjuicio de la ciudadana MARIA ESMERALDA VEGA MOLINA, (datos reservados por razones de Ley); en aplicación del artículo 3.....