En tal virtud, por cuanto el ciudadano LUÍS HUMBERTO BRICEÑO, cumplió la pena impuesta, lo ajustado a derecho es extinguir la responsabilidad criminal establecida en contra del mencionado penado cuando fue condenado; a tenor de lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, que dispone: "El cumplimiento de la condena extingue la responsabilidad criminal". Así se decide.
Dispositiva:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Ejecución N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo establecido en el artículo 479, ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal, declara la extinción de la pena y por ende de la responsabilidad criminal, con relación al ciudadano LUÍS HUMBERTO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-13.966.402 y domiciliado en ésta ciudad de Mérida, así se decide.
Se ac.....