este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DISCIERNE EL CARGO DE CURADOR ESPECIAL, en la siguiente: persona MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V9.394.048, a favor del adolescente y del niño: OMITIR NOMBRES, de diecisiete (17) y once (11) años de edad respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 177, Parágrafo Cuarto, Literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 415 del Código Civil Vigente. Expídanse copias certificadas por Secretaría de éste Discernimiento, a los fines de su Registro y Publicación conforme a lo previsto en los artículos 413 y 415 eiusdem. Tráigase constancia a autos del .....