Por las razones expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la demanda de amparo interpuesta por las ciudadanas MARIA MAGDALENA ARANGUREN DE CELIS, GLORIA DE JESUS ARANGUREN DE PICÓN, BEATRÍZ MARIA AUXILIADORA ARANGUREN DE BRICEÑO, CARMEN ARANGUREN DE NAVARRO y TERESA DEL PILAR ARANGUREN DE OLIVER contra la ciudadana Betty Josefina Rondón, en su condición de Juez Temporal del Juzgado del Municipio Libertador de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.