DISPOSITIVO
Por todo lo expuesto, este tribunal de conformidad con el artículo 570, 579 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con los articulo 197,198, 313.9 del Código Orgánico Procesal Penal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Admite parcialmente la acusación de conformidad con el artículo 578 letra "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Admite totalmente las pruebas promovidas por la fiscalía del Ministerio Público y de la defensa, no admitiendo las promovidas en la audiencia por ser extemporáneas, de conformidad con los artículos 197, 198, 313 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se impone la medida cautelar no privativa de libertad en los términos antes descritos. Cuarto: Se acuerda el cambio de calificación jurídica y se ordena el enjuiciamiento para ambos adolescentes antes identificados, por la presunta complicidad por el presunto.....