En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de octubre de 2024 (f. 264), por la abogada MARIEBE DEL CARMEN CALDERÓN RODRIGUEZ, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil UNIDAD EDUCATIVA EL BUEN MAESTRO, contra la sentencia de fecha 30 de mayo de 2024 (fs. 243 al 258), dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
SEGUNDO: Se CONFIRMA, con diferente motiva, la sentencia definitiva de fecha 30 de mayo de 2024 (fs. 243 al 258), proferida JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁN.....