-IV-
DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el Amparo Cautelar interpuesto conjuntamente con el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, contra la Providencia Administrativa No. PA-US-MER-036-2016, de fecha veinticinco (25) de Octubre de 2016, dictada por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores, Mérida del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL), por no haber cumplidos con los requisitos e ir en contra de un acto administrativo distinto al cual se solicita su nulidad.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
Se ordena publicar en las actas procesales y en la página Web del Poder Judicial, también registrarse los datos del fallo en el Índice de.....